Convenio de Empresas de Limpieza Madrid

Convenio de Empresas de Limpieza Madrid 2022-2024

Si eres una Empresa de Limpieza en Madrid, te aconsejamos descargar el Convenio de Empresas de Limpieza  Madrid 2022-2024.  Aquí te dejamos el enlace para descargar desde el BOE.

 

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Tabla de Contenido

¿Que encontraras en esta guía sobre el convenio de empresas de limpieza de Madrid?

Ámbito de Aplicación

  • Funcional: Todas las empresas de limpieza en Madrid ya sean individuales, ya sean sociedades, que desarrollen la actividad de limpieza de edificios y locales, aun no siendo esta su actividad principal.
  • Territorial: Empresas de Limpieza en la Comunidad de Madrid.
  • Temporal: 1 de Enero del 2022 al 31 de Diciembre del 2024.

Jornada de Empresas de Limpieza

La jornada máxima ordinaria en las empresas de limpieza en Madrid será de treinta y nueve horas semanales de trabajo efectivo, distribuida en cinco días de trabajo y dos días consecutivos de descanso, que coincidirán, comonorma general, con sábado y domingo.
Para las personas trabajadoras que efectúan sus servicios en jornada nocturna, la jornada será de treinta y siete horas semanales efectivas, siéndoles de aplicación los mismos criterios del párrafo anterior.

Equivalencias:

La equivalencia en cómputo anual de las jornadas completas con régimen de cinco días de trabajo y dos de descanso a la semana será de 1.739 horas y 1.650 horas, dependiendo de que se trate de jornada diurna o nocturna.
Todas las personas trabajadoras de empresas de limpieza en Madrid que presten sus servicios en jornada completa o en jornada continuada de duración igual o superior a cinco horas, disfrutarán dentro de la misma de quince minutos para tomar el bocadillo, que tienen la consideración de tiempo efectivo de trabajo.
En todo caso, entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas.

Vacaciones, Festivos y Licencias para Empresas de Limpieza

Días libres por festivos:

La persona trabajadora cuya jornada normal se desarrolle en días festivos podrá optar entre:
  • Disfrutar de un día de descanso semanal en compensación dentro de la semana siguiente, por acuerdo de las partes.
  • Acumular el descanso a las vacaciones reglamentarias.
  • Cobrarlo según normativa vigente.

Vacaciones:

El personal  de las empresas de limpieza en madrid disfrutará de treinta y un días naturales de vacaciones anuales retribuidas, siempre y cuando lleve un año de servicio en la empresa, siendo, en otro caso, proporcional entre el tiempo de alta en la empresa y el 31 de diciembre siguiente.
En el supuesto de que el periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal  que imposibilite a la persona trabajadora disfrutarlas, total o parcialmente durante el año natural a que corresponden, la persona trabajadora podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurridos más de dieciocho meses a partir del año en que se haya originado.
El calendario de vacaciones se fijará y expondrá en cada empresa dentro del primer trimestre de cada año y la persona trabajadora conocerá por escrito las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.
Cuando exista un turno de vacaciones, las personas trabajadoras con responsabilidades familiares tienen preferencia a que las suyas coincidan con los períodos de vacaciones escolares.

Licencias:

La persona trabajadora de la empresa de limpieza en Madrid, avisando con la posible antelación y justificando posteriormente sus motivos, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
  • Quince días naturales en caso de matrimonio.
  • Un día por matrimonio de hijos/as, ampliable a dos si se celebra fuera de la Comunidad de Madrid.
  • Un día por nacimiento de nietos/as, sea dentro o fuera de la Comunidad de Madrid.

Por enfermedad o accidente graves, intervención quirúrgica u hospitalización:

  • Tres días si se trata del cónyuge, hijos/as, padres y suegros, ampliable a un día más si el/la trabajador/a ha de hacer un desplazamiento fuera de la Comunidad de Madrid.
  • Dos días si es por hermanos/as, abuelos/as, nietos/as y cuñados e hijos/as políticos, pudiendo ausentarse dos días más si el hecho ocurre fuera de la Comunidad de Madrid.

Por fallecimiento

  • Cuatro días si se trata del cónyuge, hijos/as, padres y suegros.
  • Tres días si es de hermanos/as, pudiendo ausentarse un día más si el óbito ocurre fuera de la Comunidad de Madrid.
  • Dos días si es de abuelos/as, nietos/as,  cuñados e hijos/as políticos, pudiendo ampliarse la ausencia dos días más si el hecho ocurre fuera de la Comunidad de Madrid.

Otras licencias:

  • Dos días por traslado de domicilio habitual.
  • Carné de conducir: Tiempo preciso para primer y segundo exámen.
  • Licencias médicas: Las necesarias para acudir al médico especialista de la Seguridad Social o sociedad médica, y doce horas anuales para asistencia al médico de cabecera o sociedad médica. Deberá acreditarse el tiempo empleado.
  • Asuntos propios: 6 días, tiene que preavisarse minimamente 5 días antes.

Licencias NO retribuidas por las empresa de limpieza: 

  • Un día en el caso de matrimonio de hermanos, hermanas y padres.

Nominas

El pago de la nomina se efectuará el último día hábil de cada mes por transferencia bancaria.

Salario Base:  Tabla Salarial Aqui.

  • Para el año 2022, el salario base y el plus convenio se incrementará en un 2,5% desde el 1 de enero de 2022, según la tabla anexa.
  • Para el año 2023, el salario base y el plus convenio se incrementará en un 2,5% desde el 1 de enero de 2023, según la tabla anexa.
  • Para el año 2024, el salario base y el plus convenio se incrementará en un 3% desde el 1 de enero de 2024, según la tabla anexa
Si se realizara jornada inferior a la completa, se percibirá a prorrata del salario.

¿Que otros conceptos se deben pagar?

  • Antigüedad: Se abonará un complemento personal por antigüedad consistente en trienios del 4 por 100 del salario base en la tabla salarial anexa.
  • Plus de convenio: Las empresas abonarán un plus de convenio por día natural, incluidos los festivos, domingos, vacaciones y permisos retribuidos.
  • Plus de festivos y domingos: Para compensar el trabajo en domingos y festivos se establece para todo el personal incluido en el ámbito de aplicación del convenio un plus por domingo y festivo trabajado en jornada completa o proporcional, en otro caso, que será de 22.21€ para el
    año 2022, 22.77€ para el año 2023, y 23.45€ para el año 2024.
  • Plus de nocturnidad: Las horas trabajadas durante el período comprendido entre las 22.00 y las 6.00 horas tendrán una retribución específica incrementada en un 25 por 100 sobre el salario base.

Gratificaciones, horas extraordinarias y anticipos:

  • Gratificación de verano: 10 de julio. No obstante, para las personas trabajadoras que tengan fijado su período vacacional para el mes de julio, dicha fecha límite será la del 1 de julio.
  • Gratificación de Navidad: 15 de diciembre.
  • Gratificación de beneficios: 30 de marzo del año siguiente, excepto en aquellas empresas que vinieran prorrateando su pago a lo largo de todo el año y aquellas que así lo acuerden con los representantes de las personas trabajadoras.
  • Horas Extraordinarias: Cada hora de trabajo que se realice sobre la duración máxima de la semana ordinaria de trabajo se abonará con el incremento del 75 por 100, sobre el valor que corresponda a la hora ordinaria. No se pueden hacer más de 80 al año.

    Salario total anual / Número de horas trabajadas al año X 75 %

  • Anticipos: Las empresas vendrán obligadas, a petición del interesado/a, a conceder un anticipo el 15 de cada mes, por importe máximo del 90 por 100 del salario devengado, salvo mejor acuerdo en cada empresa.

Contratación en Empresas de Limpieza Madrid

  • Contrato indefinido:

    El contrato indefinido es el que conciertan empresario y trabajador para la prestación laboral de éste en la empresa por tiempo indefinido. Esta será la modalidad normal de contratación a realizar por empresarios y trabajadores.

  • Contrato eventual por circunstancias de la producción:

Es aquel que se concierta para atender necesidades circunstanciales de las empresas del sector que, aun tratándose de la actividad normal de aquellas, no hallen encaje en el resto de los contratos consignados.

  • Contrato de obra o servicio determinado:

    Es aquel que se celebra entre la empresa y trabajador a fin de atender las necesidades de cobertura de un servicio de limpieza concertado por la empresa con terceros. Su duración vendrá determinada por la vigencia del contrato de arrendamiento de servicios que constituye su objeto.  Su duración máxima será de cuatro años. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de fijos de la empresa.

  • Contrato de trabajo interino: 

    Es el contrato mediante el cual se contrata a trabajadores en las empresa de limpieza madrid para sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo, debiendo indicarse en el contrato el nombre del sustituido y la causa de la sustitución.

  • Contrato de trabajo por tiempo indefinido de fijos-discontinuos:

    Se utilizará esta modalidad contractual para realizar trabajos que tengan el carácter de fijos discontinuos, dentro del volumen normal de actividad de la empresa de referencia. Los trabajadores fijos discontinuos tendrán prioridad de incorporación a su trabajo sobre cualquier nueva contratación, de forma que no podrán celebrarse contratos de duración determinada mientras existan trabajadores fijos discontinuos que no hayan sido llamados.

Tabla Salarial

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